Por Mauricio Carrasco Núñez
Licenciado y Magister en Sociología, Investigador de la Unidad de Estudios y Memoria del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
Durante la última década, se ha observado un importante deterioro en el nivel de respeto a los Derechos Humanos en diferentes países del mundo, debido al aumento en el número de casos de torturas, asesinatos, desapariciones forzadas y otros delitos graves perpetrados por agentes estatales en contra de la población civil. Brasil, Colombia, Chile, China y EEUU son algunos de los países donde organizaciones internacionales han documentado casos graves de violencia policial o militar en procedimientos de seguridad o de control del orden púbico, que han dejado decenas de muertos y desaparecidos y miles de personas heridas o lesionadas gravemente (Amnistía Internacional, 2018; Human Rights Watch, 2020).
En muchos casos, el retroceso en la situación de los derechos humanos se está dando en países que cuentan con un historial reciente de violaciones graves a los Derechos Humanos y que han implementado durante los últimos 30 o 40 años un conjunto de medidas de “justicia transicional” para tratar con sus pasados violentos y autoritarios, y prevenir la ocurrencia de nuevas atrocidades, tales como juicios, amnistías, comisiones de verdad, políticas de reparación y memorialización, y reformas institucionales (policiales y militares).
En el caso chileno, hasta hace poco, las escalas de medición internacional daban cuenta de la prevalencia de un régimen democrático con una tendencia baja hacia la vulneración de derechos fundamentales (Ver Figura 1). Sin embargo, las movilizaciones sociales iniciadas en octubre de 2019 y la decisión del gobierno de contenerlas mediante el recurso de la represión estatal, implicó que este país subiera abruptamente sus niveles de terror político, generando una situación de graves y masivas violaciones a los Derechos Humanos (Amnistía Internacional, 2019; Carrasco Núñez & Seguel Gutiérrez, 2020; INDH, 2019)

En este escenario, políticos, académicos y activistas se preguntan si la justicia transicional ayudó realmente a la prevención de nuevas violaciones a los Derechos Humanos, o si el retroceso que actualmente viven los países post autoritarios se está dando a pesar de las disposiciones de la justicia transicional. Sin embargo, el nivel de avance del campo de estudio no nos permite responder adecuadamente a estas interrogantes.
Hasta ahora, los pocos estudios macro cuantitativos que han abordado la relación entre justicia transicional y prevención de las violaciones a los Derechos Humanos pueden dividirse en dos grupos: los que se centran en las medidas judiciales (principalmente, amnistías y juicios por crímenes de lesa humanidad) y los que se centran en las medidas no judiciales (principalmente, comisiones de verdad).
El primer grupo de estudios se ha dedicado a probar que los juicios por crímenes de lesa humanidad cometidos en el pasado disminuyen los niveles de violencia estatal en los países, ya que generan un efecto disuasorio en los agentes de orden y seguridad que contribuye significativamente a la no repetición (Dancy et al., 2019; Kim & Sikkink, 2010; Sikkink, 2011; Sikkink & Kim, 2013). Estos estudios muestran también que la adopción de tratados internacionales de derechos humanos pueden mejorar la cobertura y severidad de las condenas y castigos por delitos y crímenes de lesa humanidad, y por consiguiente, impactar significativamente en la situación de los Derechos Humanos en el país (Berlin & Dancy, 2017).
El segundo grupo de estudios, que aborda el uso de comisiones de verdad, muestran que estos mecanismos de justicia transicional también pueden contribuir significativamente a la protección de los Derechos Humanos en las democracias post autoritarias, en la medida que aumentan los costos simbólicos para los agentes represores (Bakiner, 2014; Kim & Sikkink, 2010). En este sentido, el enfoque teórico y normativo utilizado por este grupo de estudios asume que las comisiones de verdad, al igual que los juicios, cumplen una poderosa función comunicativa en las sociedades con democracias post autoritarias, ya que pueden propagar el estigma asociado a las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el pasado autoritario. Además, si una comisión de verdad culmina con la publicación de un informe recomendando reformas o enjuiciamientos, entonces podrá reforzar la percepción de que los agentes y las instituciones estatales serán penal y políticamente responsables en el futuro, contribuyendo así a la prevención de la violencia política en las democracias post autoritarias (Dancy & Thoms, 2022).
Un denominador común de grupos de estudios descritos anteriormente es la no consideración de una de las principales medidas de justicia transicional para garantizar la no repetición de las violaciones a los Derechos Humanos: las reformas a las instituciones de orden y seguridad. Estas medidas, solo han sido mencionadas por algunos estudios de caso que se han enfocado en analizar la continuidad de prácticas abusivas en las democracias post autoritarias, pero no han sido tratadas en profundidad por la literatura académica de la justicia transicional.
Según Dammert (2019), las reformas institucionales que contribuyen a la prevención de delitos y abusos cometidos por agentes de las fuerzas de orden y seguridad son aquellas que tienden a aumentar los niveles de rendición de cuenta y control civil de las instituciones. Estas reformas contienen diferentes iniciativas legales que permiten mejorar la transparencia e integridad de los policías y militares, sin disminuir su eficacia en materia de prevención y control del delito. Entre estas medidas, destacan la implementación de una política de derechos humanos, el perfeccionamiento de los códigos de ética y protocolos disciplinarios, el desarrollo de mecanismos de rendición de cuentas presupuestarias y de metas institucionales, la observación de estrategias de focalización de entrenamiento y capacitación, y la utilización de herramientas formales e informales de monitoreo institucional (Dammert, 2019, pp. 115–116).
Cabe destacar, que las reformas institucionales que apuntan a mejorar la rendición de cuentas y el control civil de las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley son siempre difíciles de implementar, ya que implican una reestructuración del poder represivo o coercitivo del Estado. En los países con legados autoritarios, las dificultades asociadas a la implementación de estas reformas pueden ser aún mayores debido a la existencia de enclaves autoritarios (Aguilera, 2020; González, 2020) y a la falta de voluntad política para implementar reformas profundas (Dammert, 2019). En las democracias post autoritarias, las policías que antes estaban encargadas de ejecutar la represión son ahora responsables de combatir eficazmente el delito y controlar el orden público dentro del marco de la ley, por lo que de no ser reformadas en materia de rendición de cuentas y control civil pueden convertirse en verdaderos enclaves autoritarios, es decir, en instituciones que custodian y forman parte de la herencia cultural y política de la dictadura anterior (Aguilera, 2020; González, 2020).
En este contexto, la voluntad política de los gobiernos post autoritarios para concretar reformas estructurales juega un rol clave, sobre todo porque muchas de las reformas de control civil implican alterar normas constitucionales y ejecutar fuertes procesos de transformación jurídico-administrativa que alteran la cultura organizacional de las instituciones. En este sentido, la falta de voluntad implica la decisión de mantener o mejorar los niveles de opacidad y autonomía policial y militar, por fuera del estándar democrático; mientras que la presencia de voluntad política implica ejecutar cambios que van en la dirección contraria: mejorando la transparencia y el control civil de las fuerzas de orden y seguridad (Dammert, 2019).
En Chile, hasta la fecha, los gobiernos democráticos post autoritarios no han mostrado voluntad política para reformar sustancialmente las instituciones de orden y seguridad dentro de los estándares de Derechos Humanos señalados anteriormente. En este sentido, el gobierno actual tiene una oportunidad histórica, ya que puede ser el primero en poner fin a un enclave autoritario que, cada cierto tiempo, opera materialmente para cometer delitos contra la población civil que se moviliza para mejorar sus condiciones de vida.
Referencias
Aguilera, C. (2020). Violaciones a los Derechos Humanos en el largo octubre chileno. IdeAs. Idées d’Amériques, 15. https://doi.org/10.4000/ideas.8386
Amnistía Internacional. (2018). Informe 2017/18 Amnistía Internacional. La situación de los derechos humanos en el mundo. www.amnesty.org
Amnistía Internacional. (2019, November 21). Amnistía Internacional en Chile: informe completo – YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=–fM5iihruM
Bakiner, O. (2014). Truth Commission Impact: An Assessment of How Commissions Influence Politics and Society. International Journal of Transitional Justice, 8(1), 6–30. https://doi.org/10.1093/ijtj/ijt025
Berlin, M. S., & Dancy, G. (2017). The Difference Law Makes: Domestic Atrocity Laws and Human Rights Prosecutions. Law & Society Review, 51(3), 533–566. https://doi.org/10.1111/lasr.12277
Carrasco Núñez, M., & Seguel Gutiérrez, P. (2020). Violencia estatal y violaciones a los derechos humanos en democracia: La situación de Chile en América Latina. In O. Torres Gutiérrez (Ed.), El estallido de las violaciones a los Derechos Humanos. Heinrich Böll Stiftung – Cono Sur. https://www.academia.edu/44750596/Violencia_estatal_y_violaciones_a_los_derechos_humanos_en_democracia_La_situación_de_Chile_en_América_Latina
Dammert, L. (2019). ¿Reformar sin gobernar? Desafíos institucionales de las policías en América Latina. Revista Ius, 13(44), 89–120. https://doi.org/10.35487/rius.v13i44.2019.444
Dancy, G., Marchesi, B. E., Olsen, T. D., Payne, L. A., Reiter, A. G., & Sikkink, K. (2019). Behind Bars and Bargains: New Findings on Transitional Justice in Emerging Democracies. International Studies Quarterly, 63(1), 99–110. https://doi.org/10.1093/isq/sqy053
Dancy, G., & Thoms, O. T. (2022). Do Truth Commissions Really Improve Democracy? Comparative Political Studies, 55(4), 555–587. https://doi.org/10.1177/00104140211024305
González, Y. M. (2020). Police. In Authoritarian Police in Democracy (pp. 1–26). Cambridge University Press. https://doi.org/10.1017/9781108907330.001
Human Rights Watch. (2020). World Report 2020. https://www.hrw.org/es/world-report/2020
INDH. (2019). Informe Anual 2019: Situación de los Derechos Humanos en Chile en el Contexto de la Crisis Social. Instituto Nacional de Derechos Humanos. http://bibliotecadigital.indh.cl/xmlui/handle/123456789/1701
Kim, H., & Sikkink, K. (2010). Explaining the Deterrence Effect of Human Rights Prosecutions for Transitional Countries. International Studies Quarterly, 54(4), 939–963. https://doi.org/10.1111/j.1468-2478.2010.00621.x
Sikkink, K. (2011). El efecto disuasivo de los juicios por violaciones de derechos humanos. Anuario de Derechos Humanos, 7, 41–61. https://doi.org/10.5354/0718-2279.2011.16995
Sikkink, K., & Kim, H. (2013). The Justice Cascade: The Origins and Effectiveness of Prosecutions of Human Rights Violations. Annual Review of Law and Social Science, 9(1), 269–285. https://doi.org/10.1146/annurev-lawsocsci-102612-133956