Descentrados Chile

Cuidarnos, cuidar y que nos cuiden: el camino que Chile debería emprender

Fotografía: Descentrados

Por Beatriz Revuelta Rodríguez
Académica, Facultad de Educación y Ciencias Sociales, Universidad Central de Chile.

En los últimos 10 años podría pensarse que en Chile ha ocurrido una transformación relativamente importante de los horizontes morales. Esto se ha traducido en una visualización cada vez más explícita de las desigualdades estructurales, y la ocurrencia de movilizaciones sociales que buscan realizar un cambio en las formas en que se distribuye el reconocimiento y se administra el bienestar. La emergencia sanitaria por la que hemos atravesado mostró la magnitud de estas desigualdades y las falencias de un Estado subsidiario que no llegó con la fuerza necesaria. Este contexto no solo instaló en el debate público la discusión en torno a la necesidad de una seguridad social ante la emergencia del COVID-19 u otras por venir, sino también la centralidad de los cuidados y de una sociedad cuidadora.

La pandemia vino a visibilizar una discusión en torno a los cuidados que ya era muy profunda y abierta, pero que a muy pocos interesaba mirar. Las mujeres que cuidan 24/7 a familiares que requieren de apoyos para llevar adelante una vida digna, desde antes del contexto de emergencia reclamaban sus derechos. El movimiento de cuidadoras que ha articulado de forma estratégica a organizaciones de la sociedad civil a nivel nacional desde 2018, es una clara expresión de las luchas que emprendieron mujeres que decidieron no callar más, y expresar “nada de nosotras, sin nosotras”. Para ellas, la discusión en torno a los arreglos de cuidados propios del teletrabajo que complejizaron la dinámica de los hogares, y mostraron las dobles y triples jornadas a las que se sometían las mujeres trabajadoras, fue una discusión paralela a sus propias demandas, pero que, sin dudas, estableció un marco propicio para posicionar de mejor manera la necesidad de apoyos y el reconocimiento de derechos.

Para las que han sostenido los cuidados por décadas, la consecuencia principal de la pandemia fue la profundización de las vulneraciones. Dilemas relacionados con la última cama para un familiar con discapacidad o adulto mayor: ¿a quién se coloca ventilación mecánica?, ¿puedo acompañar a mi hijo con discapacidad que está hospitalizado?, ¿cómo accedo a los servicios de rehabilitación que fueron postergados?, ¿quién me apoya en los cuidados si está el riesgo de contagio?, ¿qué pasa con el familiar que cuido si me contagio y muero?, ¿quién se hace cargo si no hay nadie más?, ¿cómo me gano la vida de manera informal si la cuarentena ha imposibilitado este tipo de actividades económicas, y, con esta situación, cómo compro medicamentos, insumos y cubro los requerimientos médicos de la persona que cuido? Las complejidades de la gestión de la vida por la que atravesaron y continúan atravesando en la actualidad muchas mujeres no son posibles de graficar con toda la magnitud en estas líneas.

Felizmente, entre los cambios que se pueden visualizar en el horizonte moral chileno, está el posicionamiento respecto de los cuidados. Este posicionamiento es posible observarlo al menos en tres hechos principales: el reconocimiento de las cuidadoras como sujetos de derecho establecido a través de la modificación de la ley N°20.422, para incorporar un marco regulatorio aplicable a quienes se dedican al cuidado de personas con discapacidad; el nombramiento y posicionamiento explícito de los cuidados en los discursos del nuevo gobierno cuando se plantea la importancia de un Sistema Nacional de Cuidados; y en la aprobación en el Pleno de la Convención Constitucional de la Iniciativa de norma que establece los cuidados como un derecho fundamental.

Esta norma en torno a los cuidados que quedará en el texto constitucional plantea 2 artículos: (1) el derecho al cuidado, que establece que todas las personas tienen derecho a cuidar, a ser cuidadas y a cuidarse a lo largo de su vida, y que el Estado debe obligarse a garantizar los medios para que ese cuidado sea digno y realizado en condiciones de igualdad y corresponsabilidad a través de la creación de un Sistema Integral de Cuidados; y (2) el reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados, como trabajos socialmente necesarios e indispensables para la sostenibilidad de la vida y el desarrollo de la sociedad. Establece así que el Estado deberá garantizar un régimen laboral compatible con el trabajo de cuidados que promueva la igualdad y la corresponsabilidad social y de género. De aprobarse en el plebiscito de salida la Nueva Constitución, estos artículos generaran cambios significativos en la realidad de las mujeres cuidadoras.

Este favorable contexto, podría desembocar en la articulación e institucionalización de un Sistema Nacional de Cuidados, por mucho tiempo esperado. A mi consideración, este sistema debería asumir mínimamente los desafíos que a continuación se exponen:

• Enfocarse en la relación de cuidados, en la díada, y no solamente en la persona que recibe los cuidados o a la que se le asigna la condición de “vulnerabilidad”. Qué es lo que se nombra cómo vulnerable, por qué y qué implicancia tiene en las formas en que se piensan los apoyos, serían preguntas centrales para comprender y de-construir las definiciones con las que opera el Estado, y su impacto sobre aquellas “invisibles”.

• Reconocer la variabilidad de las relaciones de cuidados, y de sujetos implicados, y en cuanto tal, proveer apoyos y ayudas proporcionales que permitan gestionar la vida cotidiana de una mejor manera.

• Generar un mecanismo que permita la atención preferencial para cuidadoras/cuidadores en los diferentes servicios públicos. Esto permitiría poder atender la propia salud, pero también sacar adelante otros trámites de manera ágil.

• Diseñar programas enfocados al cuidado de las personas que cuidan. En la actualidad, estas personas se encuentran invisibilizadas en la mayoría de los programas públicos porque no son consideradas como sujetas de atención.

• Potenciar el principio de que los cuidados son un trabajo, y, por tanto, las personas que cuidan de forma permanente deben recibir una remuneración y también debe resguardarse su situación en los que respecta a la previsión social, si efectivamente dejaron de trabajar para dedicarse a cuidar. Las lagunas previsionales que presentan la mayoría de las mujeres impiden que puedan contar con una pensión digna en la vejez.

• Posibilitar que los apoyos a los cuidados sean permanentes para los casos que así lo requieran, eliminando la concursabilidad y la limitación temporal de las ayudas que ha sido recurrente para la entrega de los beneficios sociales.

• Generar alternativas de corresponsabilidad en los cuidados que permitan a las cuidadoras principales tomar descansos como parte del necesario autocuidado.

• Posibilitar la corresponsabilidad en los cuidados entre Estado, la Familia, la Sociedad Civil y el sector privado. De este modo, pueden surgir apoyos comunitarios y de otros agentes no necesariamente vinculados con la gestión estatal.

Finalmente, el tránsito hacia una sociedad cuidadora implica la comprensión profunda de que los cuidados son fundamentales para la condición humana, son consustanciales a ella, dependemos de otros que nos cuidan y apoyan para ser lo que somos en el día a día. La marginación de los cuidados de la discusión pública y de la agenda institucional del Estado ya no es más en Chile. Debemos emprender un camino donde la circulación de los cuidados permita que cuidarnos, cuidar y que nos cuiden sea un eje estructurador de lo social.