Por Alicia Fuentes Rebolledo
Psicóloga, Magíster en intervención psicojurídica y forense. Actualmente cursando el Magíster en Investigación en Psicología (Universidad Alberto Hurtado), desarrollando estudios sobre justicia participativa y amigable para niños, niñas y adolescentes.
Las denuncias por abuso sexual hacia niños, niñas y adolescentes aumentaron durante el año 2022. De acuerdo a un estudio estadístico realizado por la Fundación Amparo y Justicia, a partir de los datos aportados por el Ministerio Público, el año pasado se registró el mayor número de denuncias por delitos de esta naturaleza de los últimos 16 años.
¿Cuáles son las razones para este importante aumento? Probablemente no lo sepamos con certeza, pero sí podemos aventurarnos en que puede haber más de una variable que explique esta situación.
De acuerdo a estas cifras, durante el 2022 se realizaron casi 40.000 denuncias por delitos sexuales en los que la víctima era un niño, niña o adolescente. Convengamos que este número corresponde a los casos que llegan a conocerse por nuestro sistema de justicia, por lo que el fenómeno es mucho mayor y se relaciona con la llamada “cifra negra”, es decir, todos aquellos casos que no son denunciados y más aún, incluso no han sido develados por las víctimas infantojuveniles, ni descubiertos por figuras adultas de su entorno.
En primer lugar, debemos preocuparnos y encender la alerta como sociedad ante la posibilidad de estar frente a un aumento de la violencia sexual contra los niños, niñas y adolescentes que habitan nuestro país. Implica revisar nuestras políticas de prevención y analizar estrategias que resulten efectivas para esos fines.
A lo anterior, debemos añadir al análisis, la situación de Pandemia en la que estuvimos durante más de dos años. Un estudio realizado en conjunto por la Universidad de Chile y la Pontificia Universidad Católica de Chile, del año 2022, reveló que, en el período de cierre de escuelas y colegios, faltaron aproximadamente 2.800 denuncias de violencia intrafamiliar, 2.000 por abuso sexual y 230 de violación, el equivalente al 40% a 70% de denuncias faltantes, agregando que la tasa de denuncias se ha reanudado lentamente luego de la reapertura de los establecimientos educacionales.
Desde una perspectiva complementaria, podríamos considerar – eventualmente – que este aumento en las cifras de denuncias por delitos sexuales también podría deberse a los efectos positivos que estaría teniendo en nuestra sociedad la implementación de la Ley Nº21.057, política pública que tiene por objetivo prevenir la victimización secundaria de niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos sexuales y violetos.
La victimización secundaria es, de acuerdo con la propia definición que entrega esta ley en su primer artículo, toda consecuencia negativa que puedan sufrir los niños, niñas y adolescentes con ocasión de su interacción, en calidad de víctimas, con las personas o instituciones que intervienen en las etapas de denuncia, investigación y juzgamiento.
Las medidas que esta normativa legal – promulgada en el año 2018 y plenamente vigente en todo nuestro país desde el año 2022 – apunta no sólo a un cambio en los procedimientos de la justicia penal en su interacción con niños, niñas y adolescentes. Más ambiciosa y desafiante aún, esta ley implica realizar un cambio de paradigma profundo respecto del acceso a la justicia de este grupo de la población, reconociéndolos como sujetos de derechos y con autonomía progresiva para el ejercicio de los mismos.
Revisemos algunos de los cambios principales que ha traído esta ley.
En primer lugar, minimiza las intervenciones – sólo las que sean necesarias – con niños, niñas y adolescentes, a la vez que maximiza la especialización de aquellas personas que deben interactuar con ellas y ellos en las distintas entidades que componen nuestro sistema de justicia penal. En palabras simples, en aquellas instancias en las que es primordial la participación del niño, niña o adolescente, el procedimiento estará a cargo de un funcionario o funcionaria especialmente capacitado, de forma de brindarle un trato digno, respetuoso y apropiado a sus características evolutivas y particulares.
De esto último, se desprende otro importante cambio que introduce esta normativa: la capacitación y acreditación obligatoria de quienes deben realizar la entrevista investigativa videograbada y la toma de declaración en el juicio oral en lo penal. Sin duda, una de las principales y más desafiantes modificaciones que trae esta normativa.
¿En qué deben tener capacitación quienes tienen estos roles? En diversas materias, las que incluyen el manejo de los aspectos centrales del proceso penal, psicología del desarrollo, variables testimoniales de niños, niñas y adolescentes, metodología y protocolo de entrevista investigativa videograbada y en la intermediación, técnica mediante la cual se realiza la toma de declaración en juicio oral. Más importante aún, esta ley obliga no sólo a una capacitación inicial, sino a una formación continua y permanente de quienes serán entrevistadores/as e intermediarios/as.
La inclusión de la entrevista investigativa videograbada ha implicado adoptar no sólo una nueva metodología dentro del proceso de persecución penal que lleva el Ministerio Público, sino también una nueva forma de levantar el testimonio de niños, niñas y adolescentes durante la investigación. Además de las materias técnicas y su necesaria especialización, la entrevista investigativa ha significado un espacio cuidadoso, respetuoso y digno para que las víctimas de estos delitos de gran carga emocional puedan hablar sin recibir preguntas sugestivas o que cuestionen sus relatos, buscando siempre obtener información de calidad a la vez que se resguardan las necesidades emocionales de los niños, niñas y adolescentes, que son entrevistados.
En la misma línea, nos encontramos con una nueva técnica para la toma de declaración en el juicio oral, llamada intermediación. El juicio oral mantiene su estructura, el niño, niña o adolescente sigue recibiendo las preguntas de las partes, en el examen directo y contra examen, pero todo esto en un contexto de mayor resguardo y respeto. En primer lugar, la declaración ya no se desarrolla en la sala de audiencia, ahora la víctima es aislada de ese contexto adversarial y es recibida en una sala distinta y especial, acorde a sus características, estando únicamente en compañía de una persona denominada intermediario o intermediaria, quien también debe contar con la debida capacitación para realizar esta función. Asimismo, este profesional escucha las preguntas de las partes y las instrucciones del tribunal por un sonopromter (audífono) y luego transmite dichas consultas al niño, niña o adolescente con los conceptos y estructuras gramaticales que le permitan comprender y responder adecuadamente. Quien intermedia, junto con facilitar la comunicación de quien declara, también está permanentemente monitoreando su estado emocional y le brinda asistencia en caso de afectación, siempre en la lógica de la imparcialidad que requiere esta labor.
Junto con lo anterior, otro cambio relevante es la denuncia, la puerta de entrada al sistema de justicia. A diferencia de lo que pasaba anteriormente, si un niño, niña o adolescente concurre a una comisaría, a un cuartel policial, a una fiscalía o a un tribunal a hacer una denuncia, siempre debe ser recepcionada, por parte de personal con capacitación y en un entorno de intimidad y resguardo. Nunca se le puede negar la posibilidad de denunciar, ni se le deriva a otra entidad, ni debe esperar a que una funcionaria o funcionario lo atienda otro día o en otro horario. Asimismo, si asiste en compañía de un adulto, su declaración será recibida de forma separada, siempre que quiera hacerlo, ya que su participación es voluntaria. Finalmente, se recibirán los dichos que entregue, sin realizarle preguntas y registrando tanto sus expresiones verbales como no verbales.
Otro aspecto que ha debido cambiar con esta nueva normativa es el espacio físico en el cual los niños, niñas y adolescentes relatan sus experiencias. Además de lo señalado respecto de la denuncia, tanto la entrevista investigativa como la declaración en juicio oral se realizan en salas especiales, debidamente acondicionadas para recibir a víctimas infantojuveniles, con condiciones de comodidad, resguardo y privacidad que les brindan un espacio acogedor y amable para entregar su testimonio. Esto ha supuesto un esfuerzo material y de recursos humanos importante por parte de las instituciones del sistema de justicia penal y, además, ha significado la instauración de un sistema solidario, de préstamo de salas, de forma que siempre se pueda asegurar la debida cobertura y disponibilidad territorial.
Para finalizar esta columna, quisiera hablarle directamente a niños, niñas y adolescentes, si es que tenemos la fortuna de contar con alguno de ellos o ellas dentro de los lectores de estas palabras.
Las personas adultas estamos realizando esfuerzos para adaptar la justicia a sus necesidades, a sus características, a como son cada uno de ustedes. Estamos en la misión de hacer que la justicia sea un espacio amigable y cercano. Sabemos que ir a un tribunal, a una comisaría o a una fiscalía pueden ser situaciones que los ponen nerviosos, pero aquellas y aquellos que los recibirán y conversarán con ustedes estarán siempre atentos a lo que necesiten y disponibles para responder sus preguntas. No les preguntaremos una y otra vez lo que ocurrió y siempre podrán participar de forma voluntaria.
Seguimos trabajando en mejorar nuestros procesos, la justicia fue hecha por adultos y para adultos, por lo mismo, estamos en el camino de realizar todos los cambios necesarios para que ustedes participen y se sientan bien acogidos cuando les pidamos que nos cuenten lo que les pasó. Esta ley fue creada para ustedes, pensando en su bienestar y protección.
Si alguno o alguna de ustedes ha pasado por alguna situación complicada, recuerden hablarlo con alguna figura adulta de su confianza, también pueden buscar ayuda llamando al 1515, les atenderá alguien que podrá darle orientación a su problema y para lo que necesiten (www.línealibre.cl, de la Fundación para la Confianza).
Sepan también que, si alguno de ustedes debe hacer una denuncia por algo que les está pasando, pueden ir también directamente a una Comisaría, a un cuartel policial, a una fiscalía o a un tribunal cercano al lugar en el que viven y serán recibidos y escuchados en lo que ustedes quieran contar.
Todas y todos trabajando en conjunto podemos lograr una justicia amigable para niños, niñas y adolescentes y un mayor bienestar infantil.
Referencias
- Clarke, D., Larroulet, P., Pailañir, D. & Quintana, D. (2022). Schools as a Safety-net: The Impact of School Closures and Reopenings on Rates of Reporting of Violence Against Children (“Las escuelas como red de seguridad: el impacto de los cierres y reaperturas de escuelas en las tasas de denuncias de violencia contra los niños)”.
- Fundación Amparo y Justicia (2023).Estudio Niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos sexuales y otros graves: ingreso de denuncias y respuesta del sistema de justicia penal.
- Ley Nº21.057 regula entrevistas grabadas en video y, otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales.