Por Mirennis Sánchez Mora
Socióloga (Universidad de La Habana (2009), revalidada en Universidad de Chile (2017). Docente de la Universidad Alberto Hurtado. Mg. en Psicología Social, mención intervención psicosocial y evaluación de proyectos sociales, de la Universidad Alberto Hurtado (2020). Diplomada en Niñez y Políticas Públicas por la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile (2016). Sus líneas de investigación son la epistemología de las Ciencias Sociales; los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes y la relación entre los campos político y científico de las infancias. Cofundadora y directora editorial de Revista Digital Descentrados.cl.
El campo de la Política Pública de infancia, como el conjunto de acciones y estrategias diseñadas por el Estado para garantizar el bienestar y desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, constituye un área poco articulada aun entre sí y con otros espacios sociales, académicos, de la sociedad civil y del trabajo directo con y para niños, niñas y adolescentes.
Un aspecto que puede estar relacionado a la falta de decisión del Estado chileno de implementar políticas consistentes de protección a la infancia, es la representación, la mirada, la imagen, que se tiene de la infancia, la que podría estar influida por el campo de conocimiento científico, académico o social en el área; y su orientación (o no), a informar la Política Pública.
Estudios sobre la representación de la infancia en el campo de la Política Pública constatan que esta tiene un carácter proteccionista, una visión ambivalente de la niñez, y que en ella los derechos de niñas y niños no tienen efectividad, a pesar de que ha sido aprobada e implementada la Ley de Protección Integral de la niñez (Ley 21.430) (Sánchez Mora, 2022). Lo primero significa que, el Estado se reconoce como el ente interventor cuando la familia o representantes legales no garanticen o vulneren los derechos de niñas y niños. Es decir, excluye la responsabilidad del Estado en su rol de garante principal en la promoción y garantía de los derechos de la infancia. ¿Por qué ambivalente? Porque el conjunto de la ley responde a un Paradigma que discursivamente refleja un Enfoque de Derechos, pero en términos efectivos supedita estos a lógicas economicistas, proteccionistas e ideológicamente adultocéntricas.
Desde la mirada de la Teoría de los Campos (Bourdieu, Pierre, 1975, 1996, 1997, 2006), en el análisis de la Política Pública puede inferirse que las lógicas de funcionamiento del campo político de la infancia están poco articuladas y no hay una referencia explícita por parte de este campo a los productos o actores de otros espacios, académicos, de intervención o desde la sociedad civil en general, que sustentan la Política Pública. La Teoría de los campos enfatiza en el papel que juegan las relaciones de poder dentro del campo, y con ello, los niveles institucionales, estructurales y subjetivos. Si el campo político no considera la producción científica en infancia para la toma de decisiones, y, a su vez, la ciencia no está haciéndose para contribuir a la Política Pública: ¿serían las relaciones cooperativas una alternativa para el diálogo? No hay que olvidar que, de estas relaciones dialógicas en los ámbitos político, científico y simbólico, depende el presente y futuro de la infancia en Chile.
Entre estos aspectos, es crucial la coordinación intersectorial, para asegurar una colaboración efectiva entre diferentes sectores y niveles de gobierno. La falta de coordinación puede llevar a la duplicación de esfuerzos o a la omisión de servicios esenciales. Asimismo, la implementación efectiva requiere una inversión significativa en recursos financieros y humanos. Esto incluye la capacitación de profesionales y la asignación de fondos adecuados para programas y servicios. En la misma línea, es fundamental aumentar la conciencia y la educación sobre los derechos de la niñez, tanto en la población general como entre los profesionales que trabajan con niños, niñas y adolescentes, especialmente en la escuela, donde predominan modelos pedagógicos de carácter adultocéntrico; unido a la necesidad de establecer sistemas efectivos de monitoreo y evaluación para asegurar que las políticas y programas estén funcionando como se espera y hacer ajustes cuando sea necesario.
Las representaciones sobre la infancia que están presentes en el campo político sobre la niñez influyen en la manera de implementar las Políticas Públicas dirigidas a este sector poblacional. Nos encontramos ante el gran desafío de superar la “lógica de la focalización”, para lograr la universalización de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, alcanzando una mirada heterogénea, pero universal de la infancia. El reto radica en las formas de vinculación entre el campo político y el resto de los espacios sociales, referidas a un objeto en común: la niñez. Sin embargo, la falta de articulación con la Política Pública se expresa también en la carencia y casi ausencia, de recomendaciones al campo político de la infancia, que puedan contribuir a la implementación de acciones para la niñez, sustentadas de manera científica y práctica.
Cabría preguntarse hasta qué punto la investigación realizada en infancia está “pensada” para la Política Pública. O bien, ¿cuál es el nivel de voluntad de la política de infancia en considerar otros saberes sobre este tema para la toma de decisiones?
En el mismo orden, en la Política Pública de infancia en el país prevalece una representación proteccionista de la infancia. Si se piensa, por ejemplo, que la Ley 21.430 es el principal mecanismo en materia de infancia, esto habla no solo de la representación de infancia que se tiene desde el campo político, sino del tipo de relaciones sociales que son y pueden ser construidas en la sociedad chilena. ¿Y si fueran la prevención y promoción enfoques transversales en el diseño mismo de nuestra sociedad? ¿Y si ese desafío, que es el modo en que nos representamos y trabajamos con las niñeces, desde su reconocimiento pleno de derechos, fuera también considerado para el resto de la Política Pública? ¿Más que protección puede ser que necesitemos construir Derechos Humanos vía prevención y promoción?
Garantizar los derechos de niñas y niños, desde la plenitud de sus capacidades como sujetos, es una tarea de todas y cada una de las instituciones garantes, partiendo por el Estado chileno. Espacios de socialización como la escuela, la TV, los espacios comunitarios, tanto formales como informales, la familia, y la sociedad en general, tienen un rol fundamental en la prevención y promoción de los derechos de niñas y niños, desde las características propias de su edad, desde sus percepciones sobre el mundo adulto, y desde sus necesidades materiales, cognitivas, sociales y emocionales.
Podríamos decir que nos encontramos como Estado chileno ante un gran desafío político: La falta de mirada integral en términos conceptuales y políticos sobre la niñez, desde los niveles programáticos hasta los de intervención. La pregunta que emerge, entonces, es si la producción de conocimiento en infancia en Chile ha servido para legitimar la falta de foco consistente en Políticas Públicas en infancias, o ha presionado hacia el reconocimiento de la infancia desde un enfoque de derecho y desarrollo integral, de manera poco exitosa.
La representación de la infancia aparece aquí como bisagra central de la invisibilización de esta, en tanto foco de respuesta política por parte del Estado, mientras una representación que asume un enfoque de derecho y desarrollo integral demanda la acción enérgica del Estado. Algunas acciones por parte del campo político, en esa dirección, podrían ser:
- Explicitar los mecanismos de garantía de efectividad de los derechos de niñas y niños.
- Considerar las conceptualizaciones y revisiones teóricas y políticas de experiencias nacionales e internacionales en materia de infancia, realizadas por actores del campo político y de la sociedad civil (investigaciones sobre infancia de los últimos 10 años).
- Garantizar la participación de niñas y niños en la discusión y revisión de la Ley de protección integral, como asunto que les afecta.
- Incluir la temática de infancia de manera explícita en la Ley de Presupuesto del país, operacionalizando los recursos desde el nivel local al nacional.
- Establecer reales mecanismos nacionales y locales efectivos para la promoción de derechos de la infancia.
Una mirada integral, relacional y contextualizada de la infancia implica, primeramente, un enfoque de la niñez desde los derechos, como aspectos intrínsecos e inalienables (UNICEF, 2020). Asimismo, considera variables históricas, generacionales, socio-estructurales, socio lingüísticas, subjetivas, simbólicas, entre otras. El niño y la niña, desde esta perspectiva, es un sujeto como cualquier otro grupo poblacional, en un determinado contexto social y productor y reproductor de relaciones sociales. No pensemos, entonces, estas acciones del Estado y los co-garantes de derechos, como una tarea para el mañana, porque el futuro de niñas y niños se construye hoy.
Referencias:
- Bourdieu, Pierre y otros (1975). El Oficio de Sociólogo. Presupuestos Epistemológicos. Siglo Veintiuno Editores, S.A. Madrid.
- Bourdieu, Pierre (1996) Cosas Dichas. Editorial Gedisa, S.A., Barcelona.
- Bourdieu, Pierre (1997) Razones prácticas. Sobre la teoría de la acción. Editorial Anagrama, S.A., Barcelona
- Bourdieu, Pierre (2006). Autoanálisis de un sociólogo. Editorial Anagrama S.A., Barcelona.
- Sánchez Mora, M (2022). La representación de la infancia: un estudio de la relación entre la investigación financiada por Fondecyt entre 2007 y 2017 y el proyecto de ley de protección integral de la infancia. Tesis de Maestría. Universidad Alberto Hurtado.
- UNICEF (2020) Convención Internacional de los derechos del niño. Disponible en: http://www.unicef.cl/web/informes/derechos_nino/convencion.pdf