Descentrados Chile

Sobre las familias y los cuidados en la nueva Constitución

Fotografía: 9 Dream Studio

Por Carolina Besoain
 Psicóloga y Doctora en Psicología de la Pontificia Universidad Católica. Mantiene una práctica clínica psicoanalítica en diálogo con los feminismos y teorías de género. Es miembro del Colectivo Trenza: Clínica, Psicoanálisis, Género y es investigadora del Laboratorio Interdisciplinario en Subjetividad y Cambio Social (LISCS). Ha realizado trabajo académico como docente e investigadora en la Pontificia Universidad Católica, la Universidad Alberto Hurtado y la Universidad de Chile.

En lo que refiere a la infancia el borrador de la nueva constitución introduce varios elementos que significan un avance para promover, respetar y garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes. Además, propone una transformación en la manera en la que se han conceptualizado tradicionalmente los cuidados y la vida familiar.

Por una parte, el texto reconoce la existencia diferentes formas de familia, en una definición que no la restringe a vínculos de consanguinidad o de conyugalidad. La antropología feminista hace tiempo ha venido demostrando que las familias son unidades sociales muy complejas, de amplia diversidad estructural, cultural y económica. Además, sus miembros cumplen funciones sexuales, económicas, reproductivas y socializadoras tan variables que no resulta fácil clasificarlas (Gonzalvez, H. (2013). En este punto el borrador de la nueva constitución deja de pensar en la Familia con mayúscula, es decir como una institución definida a priori en base a ciertos ideales y normatividades. Las familias empiezan a ser más una pregunta que una respuesta, y se otorga reconocimiento a los múltiples y diversos arreglos que las personas generan para hacer hogar y desarrollar sus vidas.

Esto implica una ampliación de los derechos para las personas cuyas formas de vida no habían sido reconocidas como legítimas, por estar fuera de diferentes normatividades: normas de género, sexuales, de clase, religiosas, étnicas, etc. Las políticas públicas, cuya unidad básica de intervención son las familias o los hogares, tendrán que ser formulados considerando esta diversidad.

Ahora bien, la nueva constitución también busca resguardar los derechos fundamentales de la infancia: el derecho de lxs niñxs a gozar de una transición progresiva hacia la autonomía, a tener un desarrollo integral y a ser escuchados y participar en aquellas materias que les afecten. En otras palabras, el derecho a que sea reconocida la dependencia radical que tenemos al inicio de nuestra existencia y que esa asimetría fundamental se traduzca en prácticas de cuidado y no en abusos.

Aquí estamos delante de una cuestión fundamental: no venimos solos al mundo y necesitamos de otrx(s) para llegar a constituirnos como sujetos. Y la familia ha sido el nombre que reciben esos primeros lazos que nos inscriben en un mundo que existía antes de nuestro nacimiento.

La psicoanalista Anne Dufourmantelle lo dice de una manera muy hermosa: “nosotros venimos del enlace, nacemos acordonados como los alpinistas, amarrados a un vientre (…) nosotros venimos del dos” (Dufourmantelle, A. (2018). Llegar a ser es un proceso que, sobre todo en sus primeros años, está acordonado a otrxs y precisa que otrxs nos hayan sostenido material y psíquicamente.

El psicoanálisis ha descubierto que a través de ese lazo cursan distintas y fundamentales funciones que generan nuestro psiquismo y la capacidad de vincularnos con otrxs y constituir cultura. Tradicionalmente a las funciones vinculadas a alojar, contener y sostener, se las ha vinculado a lo materno y a las funciones de separación, corte o interdicción, que instalan la ley y la cultura, se las ha vinculado a lo paterno. En un esfuerzo orientado a despejar estas funciones de los ideales e imaginarios patriarcales, algunos psicoanalistas han propuesto el concepto de funciones humanizantes (Blestcher, F. (2020). Este movimiento teórico separa las funciones de las características sexo-genéricas y del tipo de familia de quienes las ejecutan.

Lo anterior tiene importantes efectos prácticos y políticos. Ser cuidadx por otrxs, tanto al comienzo como al final de la vida, es un derecho humano fundamental. Y no hay algún atributo esencial que justifique que algún grupo ejerza los cuidados de manera privilegiada en desmedro de otro. Así, el reconocimiento constitucional de la diversidad de familias despeja la ruta a otro derecho que también está reconocido en el borrador de la nueva Constitución y que establece que el Estado debe garantizar que los cuidados no representen una desventaja para quienes los ejercen. Los modos en los que resolveremos garantizar ambos derechos constituyen una pregunta que deberemos deliberar democráticamente.

Una de las funciones humanizantes que hace posible un lazo amoroso y creativo con el mundo, es la inscripción de la diferencia en el psiquismo. Esto es, la capacidad de reconocer que las otras personas son diferentes, poseen dignidad propia y no son reductibles a mis propias representaciones, ideales o deseos. Esto implica estar dispuesto a perder algo de mí, en beneficio de dar espacio al otro y dar lugar a un vínculo que hace un mundo. El reconocimiento que hace el borrador de la nueva constitución a los diversos arreglos familiares y los derechos de quienes ejercen labores de cuidado, implica un esfuerzo colectivo de constituirnos como una sociedad que inscriba sus diferencias, lo que favorecerá lazos más amorosos y arreglos más creativos para abordar nuestras dependencias.

Referencias

Blestcher, F. (2020). Parentalidades disidentes: subjetividades y vínculos fuera del clóset. En I. Fischer (comp.) “De vínculos, subjetividades y malestares contemporáneos” (Cap. 8). Buenos Aires: Editorial Entreideas

Dufourmantelle, A. (2018). En caso de amor. Psicopatología de la vida amorosa. Buenos Aires: Nocturna Editora (p. 25).

Gonzalvez, H. (2013). La producción científica sobre la familia en Chile. Revista de estudios de género, La ventana 4 (38), 88-119. Disponible en
http://revistalaventana.cucsh.udg.mx/index.php/LV/article/view/485