Descentrados Chile

Cuando la desinformación obstaculiza el derecho a la no violencia

Fotografía: mykolasosiukin

Por Camila Paz Soto Ramirez
Diseñadora industrial, especializada en el desarrollo de procesos y productos para el parto humanizado, Ex presidenta de RELACAHUPAN Chile, Fundadora de HUM Diseño y miembro de la Coordinadora Nacional por los derechos del Nacimiento.

Reconocimiento Legal de la Violencia Obstétrica

El día 27 de junio del 2024 y tras 7 años de proceso judicial, el 26° Juzgado Civil de Santiago condena al Servicio de Salud Metropolitano Central, Hospital Clínico San Borja Arriarán, a pagar $1.050 millones de pesos en indemnización por violencia obstétrica[1]. Más allá de las imprecisiones contenidas en la descripción de la noticia, esto constituye un avance importante, ya que reconoce legalmente este tipo de violencia y establece responsabilidades que, para efectos de reparación, recae sobre la institución y los profesionales, pero que se entiende deben ser extendidas a quienes desarrollan las políticas públicas, orientándolas hacia la prevención y la educación al respecto.

Este hecho constituye un hito en un proceso que lleva más de 15 años en desarrollo. Desde 1985 con la Declaración de Fortaleza de la OMS, donde se convoca a los países a establecer normas apropiadas para el parto en los servicios de salud públicos y privados. A partir de ese momento, se pone foco en el bienestar materno y la prestación de apoyo emocional durante el proceso del parto, y así nacen agrupaciones de la sociedad civil y científica que empiezan a revisar y cuestionar las prácticas asociadas a la asistencia del parto y nacimiento, con lo cual se desarrolla el concepto de violencia obstétrica.

En Chile durante los últimos 10 años las agrupaciones de la sociedad civil pro-derechos del parto, han trabajado para difundir información científica y en base a ello impulsar una ley[2] que promueva la atención respetuosa y humanizada en el contexto obstétrico, porque sabemos la importancia que tiene en el cambio de paradigma, la promulgación de leyes, que reconozcan la violencia y orienten los esfuerzos hacia su prevención. El hecho de que se legisle no colabora a aumentar la victimización, sino que colabora a la identificación de este factor para poder reconocer, prevenir y cuando esto no haya sido eficaz, sancionar a los responsables.

La Ley Adriana, como se ha denominado el proyecto, define Violencia Obstétrica como “todo maltrato o agresión psicológica, física o sexual, negación injustificada o abuso que suceda en el marco de la atención de la salud sexual y reproductiva de la mujer, especialmente durante la atención de la gestación, preparto, parto, puerperio, aborto o urgencia ginecológica”.

Citando las palabras de la directora de OVO (Observatorio de Violencia Obstétrica de Chile), Carla Bravo[3] “La violencia obstétrica en Latinoamérica es un fenómeno generalizado, que ocurre tanto en países que lo tienen regulado como en los que no. El 80% de las mujeres siguen pariendo en posición litotómica (ginecológica), esto es acostadas, sin que se les permita libertad de movimiento, la misma situación se repite con la prohibición de la ingesta de agua y alimentos durante el parto, la episiotomía –incisión en el perineo–, la maniobra de Kristeller –empujar el abdomen para mover al feto–, entre otras. “Es un fenómeno lamentablemente muy generalizado”, reflexiona.

Es por esto que una noticia como esta tiene un alto valor, ya que visibiliza social y legalmente la Violencia Obstétrica,  porque establece la posibilidad de reparación y además obliga a los servicios a revisar sus protocolos para prevenir y erradicar progresivamente estas prácticas a la espera de finalmente tener la Ley promulgada.

 

En contraposición, la desinformación

El 18 de junio del 2024 a las 20:18, una abogada, exconstituyente, durante un programa de televisión es consultada sobre la recién aprobada “Ley Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia de Género”. Ella asegura que esta ley “inventa” nueve categorías de violencia, entre las cuales está la violencia obstétrica, señalando además que su articulado es para “castigar a quienes se niegan injustificadamente a practicar un aborto”[4]. 

¿Qué es lo que motiva a una abogada titulada a realizar estas afirmaciones en un medio masivo? ¿Cuál es la ideología detrás de oponerse a una ley de estas características que recoge categorías de violencia ya reconocidas por el derecho internacional?

A lo largo de la historia hemos visto cómo la información y los medios, constituyen una herramienta para que las personas se informen de sus derechos y de las iniciativas legislativas que les son favorables, para que puedan exigirlos y así avanzar hacia una sociedad más justa. Sin embargo, al escuchar estas afirmaciones resulta difícil reconocer la ética profesional y en especial el Articulo N° 3 del Código de Ética del Colegio de Abogados de Chile[5], que bajo el titulo Honradez, indica que “el Abogado debe obrar con honradez y buena fe. No ha de aconsejar actos fraudulentos, afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas o tendenciosas…”

La responsabilidad de quienes tiene voz pública y de los medios que otorgan estos espacios, es un deber, y tal como lo define el Objetivo 16 de Desarrollo Sostenible de la OCDE[6] para promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas, es necesario que se respeten y defiendan los derechos individuales, así como el derecho a la intimidad, a la libertad de expresión y al acceso de información.

Sólo para aclarar y colaborar a la difusión de información veraz, la “Ley Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia de Género” tiene los siguientes objetivos [7]:

  • Prevención de la violencia desde el ámbito escolar y la educación de niñas niños y adolescentes pasando por la elaboración de campañas y capacitaciones hasta la sensibilización de los medios de comunicación.
  • Atención y protección a víctimas asegurándoles, por ejemplo, el acceso a servicios de salud física y mental junto con fortalecer la supervisión judicial de las medidas cautelares.
  • Crear un sistema integrado de información sobre casos de violencia de género que nos permitirá hacer seguimiento de la situación de la sobreviviente reducir la revictimización y también levantar alertas temprano que nos permitan llegar antes.
  • Mejora el acceso a la justicia, estableciendo el deber del Estado de actuar con debida diligencia evitando la victimización de las mujeres.

 El activismo por el parto humanizado, del cual formo parte, también ha conocido este escenario adverso. Durante años hemos sido atacados por voces disidentes que argumentan que el parto humanizado o respetado es un concepto “elitista” o “feminazi”. También nos hemos encontrado con voces que reducen el concepto a un estilo hippie o antisistema, que aumenta el riesgo en la atención (desatendiendo las evidencias científicas existentes). Si bien es cierto estamos orgullosas de este camino y los avances, reconocemos el impacto de estos espacios masivos que otorgan voz a quienes obstaculizan el acceso a la información veraz y la toma de decisiones por parte de las personas. Confundiendo estos asuntos con una guerra política, cuando no lo es. Tal vez esto es parte de las causas de que una ley como esta haya tardado tanto tiempo.

Esperamos realmente avanzar hacia un nuevo sentido común que entienda la violencia y sus consecuencias en su amplio espectro, para comprometerse en su erradicación y espero personalmente, que cada vez sean más las voces fuertes y determinadas que tengan espacio en los medios para educar y promover los derechos de las personas para avanzar hacia una vida libre de violencia para todas/os.

[1] https://www.latercera.com/la-tercera-pm/noticia/abandonada-en-el-parto-justicia-ordena-indemnizar-con-mas-de-mil-millones-de-pesos-a-mujer-por-violencia-obstetrica/5D3OYA7Z5VDGTCX3DGDWLYO7U4/#

[2] El proyecto de La ley Adriana que se refiere al Parto respetado que dentro de sus objetivos incluye prevenir la violencia obstétrica, está desde el año 2018 siendo revisado y discutido en el congreso, y tras 6 años fue aprobado por la Cámara de diputados aún sigue en proceso de discusión.

[3] https://ovochile.cl/noticias/ley-adriana-la-lucha-por-educar-y-poner-fin-a-la-violencia-obstetrica-en-chile/

[4] Capítulo 72/ Temporada 4 – SIN FILTROS TV del 18 de junio del 2024.

[5] https://archivo.colegioabogados.cl/cgi-bin/procesa.pl?plantilla=/v2/contenido_detalle.html&idcat=118&nseccion=%25253A%252520%252520%25253A

[6] https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/peace-justice/

[7] https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1204220&idParte=10503626&idVersion=2024-06-14